Nuevo éxito de nuestros abogados en una resolución cuya relevancia gira en torno al nuevo escenario que se plantea en el orden jurídico sanitario de Galicia.
En efecto, la juzgadora confirma y avala nuestra pretensión y falla que los importes máximos de financiación contenidos en la norma gallega que regula la prestación ortoprotésica están obsoletos y contravienen a los establecidos en el Real Decreto 1030/2006, en su redacción dada por Orden SCB/480/2019 que, asimismo, establece en su DA 4ª un mandato a las Comunidades Autónomas para que en el plazo de 6 meses desde su vigencia (julio2019) procedan a adaptar sus respectivas carteras de servicios a lo dispuesto en la meritada orden autonómica.
La Voz de Galicia se hace eco de esta estimación total por parte Su Señoría al fijar que la normativa gallega “…ha de entenderse superada y actualizada tácitamente, por la normativa básica estatal indicada”.